Familiares denuncian que una sentencia de 20 años fue emitida con un nombre incorrecto, lo que consideran una irregularidad procesal grave.
Familiares del joven Carlos Antonio Martínez realizaron una denuncia pública sobre una presunta irregularidad cometida por el Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de El Seibo.
De acuerdo con la información presentada por los parientes, el tribunal emitió una condena de 20 años de prisión utilizando una identidad que no corresponde al imputado real.
Los documentos judiciales señalan que la persona condenada fue identificada como Alejandro Martínez Matos, nombre que, según los familiares, no pertenece al acusado en cuestión.
Para sustentar su denuncia, los allegados mostraron ante medios de comunicación documentos oficiales emitidos por la Junta Central Electoral, donde figura el nombre correcto como Carlos Antonio Martínez.
Los familiares calificaron la situación como una falta grave dentro del proceso judicial y una vulneración evidente de las garantías legales establecidas en la normativa vigente.
Indicaron que la utilización de un nombre distinto en una sentencia representa una situación que afecta directamente los derechos fundamentales del procesado y su adecuada identificación.
Ante la ausencia de respuestas en las instancias correspondientes a nivel local, los denunciantes decidieron acudir a Pedro Jhonson, representante de las Mesas Comunitarias y los Derechos Humanos.
El objetivo de este acercamiento es buscar mediación y lograr que el caso sea revisado por las autoridades competentes para determinar responsabilidades y corregir la situación.
Durante la denuncia pública, los familiares expresaron que no es admisible que se emita una condena ignorando documentos oficiales emitidos por entidades del Estado.
Pedro Jhonson informó que llevará el expediente ante el Defensor del Pueblo, Pablo Ulloa, con la finalidad de que se realice una investigación exhaustiva del caso.
Asimismo, explicó que esta situación podría contravenir los principios establecidos en la Ley 76-02, correspondiente al Código Procesal Penal de la República Dominicana.
Dicha normativa establece la obligación de garantizar la correcta identificación del imputado y el respeto pleno de sus derechos dentro de cualquier proceso judicial.
Los familiares manifestaron su expectativa de que, con la intervención de instancias nacionales, se proceda a revisar el expediente y corregir los datos incorrectos.
Finalmente, esperan que se aclaren las circunstancias que llevaron al tribunal a emitir una sentencia con información de identidad errónea en este caso específico.

